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Tala en la delegación Benito Juárez
La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial
del DF (PAOT) informó que abrió investigación por presuntas irregularidades en
la construcción privada que se realizaen un predio de la colonia Extremadura
Insurgentes, donde la Delegación Benito Juárez autorizó la tala de 15 árboles,
entre ellos tres fresnos y un cedro blanco, “monumentos úrbanísticos” de acuerdo
a la Ley de Salvaguarda, por lo que no pueden ser derribados.
La obra en cuestión –ubicada en Millet 40, donde se
levantan casas de tres niveles-- aparece entre las presuntas construcciones
irregulares en la colonia Extremadura Insurgentes por las que la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal ha requerido la comparecencia del jefe
delegacional Germán de la Garza, quien hasta ahora no ha acudido a ese recinto.
En el oficio PAOT-05-300/OIP-900-0393-2009 –-cuya copia fue
entregada a ‘Libre en el Sur’ por Héctor Rojas, representante legal de la
Asociación Vecinos del Parque Hundido— la Procuraduría Ambiental precisa que se
encuentra sustanciando investigación dentro del expediente PAOT-2009-517-SOT-243,
“en virtud de posibles incumplimientos a las disposiciones jurídicas en materia
ambiental y del ordenamiento territorial, por las construcciones que se realizan
en el predio fusionado (Licencia de fusión número de folio 273 3 13 expedida por
la Delegación Benito Juárez) con número oficial Millet 40, Colonia Extremadura
Insurgentes Delegación Benito Juárez, ,en el cual consta copia de la
manifestación de construcción de la obra tipo B con folio de ingreso FBJ-0075-09
y registro RBJB-0022-09 autorizada por la Delegación Benito Juárez”.
Y con respecto al número y especie de árboles talados en la
obra de ese predio informa que dentro de las constancias que integran el
expediente PAOT-2009-517-SOT-243 “obra copia simple de oficio con número de
folio 371/2008 de fecha 06 de octubre de 2008, emitido por el Director de Áreas
Verdes y Arbolado adscrito a la Dirección General de Servicios Urbanos en la
Delegación Benito Juárez, a través del cual la Delegación autorizó el derribo de
15 árboles; 14 al interior del predio de las especies fresno (2), aguacates (2),
mora (1), yuca (1), trueno (1), cedro blanco (1), colorín (4) y jacarandas (2) y
un en el exterior de la especie fresno.
Las especies fresno y cedro están consideradas “monumentos
urbanísticos” en el artículo 15 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio
Urbanístico y Arquitectónico del DF, “monumentos urbanísticos del DF”. De
acuerdo a esa legislación “un monumento urbanístico es un elemento natural o
fabricado, ubicado en un espacio abierto de un asentamiento humano, en el que se
reconocen uno o varios valores singulares desde el punto de vista histórico,
artístico, estético, tecnológico, científico y sociocultural”. El artículo 90
establece con claridad que “se prohíbe la realización de toda obra que altere
los valores que justifican la declaratoria de un monumento, espacio abierto
monumental o Zona de Patrimonio Urbanístico Arquitectónico, o que perturbe su
contemplación”.
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